Gestión del riego: regulaciones populares

Gestión del riego: regulaciones populares
1817. Normas concejiles referentes a "lo tocante al agua", Andiñuela de Somoza, León (España) © AEEH

Gestión del riego: regulaciones populares

Desde tiempos inmemoriales, el uso del agua ha estado siempre regulado en todas las comunidades humanas a través de normas transmitidas oralmente. Estas normas se recogerán posteriormente por escrito, como ocurría en la mayoría de los pueblos de España. Así, el capítulo 14 de las normas de Andiñuela regula específicamente «lo tocante al agua», junto con otros aspectos de la vida rural ligados a la conservación de la biodiversidad, tanto vegetal («del plantar árboles»), como animal («lo tocante a las vecereas»).

En las pequeñas comunidades rurales los vecinos mantienen los turnos para abrir los canales que llegan a sus huertos familiares los días y horas que les corresponden. Además, todavía realizan las tareas relativas al uso comunitario del agua que mandan las ordenanzas de cada pueblo, como mantener limpias las presas, los canales de riego y las fuentes.

En otros lugares de España había órganos equivalentes para regular el riego, dos de los cuales tienen más de mil años de funcionamiento: el Tribunal de las Aguas de Valencia y el Consejo de Hombres Buenos de Murcia, declarados  Patrimonio Inmaterial de la Humanidad desde 2009.